viernes, 6 de julio de 2012

¿Caso de maltrato estructural en el SENAMA hacia un AM?


Los procesos eleccionarios como los plazos para cumplir los cometidos para los cuales fueron elegidos los AM, en el Consejo Asesor Regional de Mayores RM, no son válidos para SENAMA.

Siga leyendo nota desde



1 comentario:

Encargado Comunicaciones dijo...

Nos ha llegado el siguiente email:
Estimados Amigas y Amigos de RedNACAM.

Ante la confusión que se ha producido por mi salida del Consejo Asesor SENAMA.R.M
he querido enviarle la carta que se leyó en en la última reunión del Consejo,Asesor R.M, donde dejo en claro, lo ilegítimo de mi salida del Consejo Asesor.
Nunca he presentado ninguna renuncia, como aparece en el Blog de RedNACAM, hago esta aclaración, porque siempre he sido y trataré de seguir haciéndolo, un comprometido con la verdad.
Fraternalmente.

Daniel Hernández Ibarra
Se modifican las partes pertinentes de la nota: ¿Maltrato estructural en el SENAMA? del post del Blog de RedNACAM de fecha 06 de julio 2012, en que se aludía a la carta de Daniel, como renuncia al Comité Asesor.
Dónde decía: SENAMA como un gran aporte a ese Consejo, se ve obligado a renunciar al cargo de Consejero ya que ese servicio no cambia su determinación, servicio
Ahora dice: SENAMA como un gran aporte a ese Consejo, se ve obligado a no poder ejercer el cargo de Consejero ya que ese servicio no cambia su determinación, servicio

Dónde decía: Ninguna de las cláusulas anteriores les es aplicable a nuestro Adulto Mayor Daniel. Bueno, ahora tuvo que presentar, por su dignidad atropellada, una renuncia obligada.

Ahora dice: Ninguna de las cláusulas anteriores les es aplicable a nuestro Adulto Mayor Daniel. Bueno, ahora tuvo que presentar, por su dignidad atropellada, una carta en que señala que no podrá seguir ejerciendo su cargo de Consejero por decisión de SENAMA.

Carta de Daniel al Consejo Asesor (030712) dirigida a RedNACAM (070712)